
A los empresarios, se les están acabando los métodos para seguir robando.A los desfalcos a hacienda, robo de nóminas, de horas (hay enlaces sindicales, que les explican a sus trabajadores, que las horas extras en el transporte, no existen), robo de dietas, que no se pagan, anulación de descansos, tanto semanal, como diario, y un largo etc, de desmanes, se viene a sumar uno nuevo ahora.
Te hacen firmar un nuevo contrato (¡Ojo!, tu enlace sindical, que casualmente es la hija del jefe).
En este nuevo contrato, se te anula la antigüedad, PERO NO SE TE FINIQUITA, con lo que te quedas, sin antigüedad, y sin cobrar quinquenios.
En el nuevo contrato tambien, te añaden unas clausulas tales como que en caso de despido te corresponde mucho menos de lo que la ley marca.
Todo ello, en aras de intentar hacer que la empresa, aguante la crisis.
Normalmente, en estas empresas, el precio de las dietas, no se suelen acercar ni al 30% de la dieta marcada en convenio, y en ellas, te dicen que van incluidos, los conceptos de cargas, descargas, nocturnidad, y, vamos, para que nos entendamos, todo tipo de trabajo que no sea conducir.
Ese tiempo de conduccion (que por cierto, es abusivo, aprovechando que no existen controles reales y eficaces por parte del gobierno), y que lo pagan a tanto por Km. (otra cosa que tambien está prohibida), se ve disminuido, según la cuantia de la "dieta".
Asi es que, tenemos empresas, que te pagan 24 € de dieta diaria, y a 7 centimos el Km.
Otras que te pagan 36 € de dieta diaria, y a 5 centimos el Km.
Teniendo en cuenta que la dieta MINIMA diaria es de 57,63 €.
Pues tenemos, que en algunos casos, no llega ni al 50 % de la dieta legal MINIMA.
Luego bienen los tiempos de conducción y descanso.
Y es que en este pais, parece que no se entienden los conceptos.
Los tiempos de conducción y descanso, es un reglamento de la CE, que NO OBLIGA a que se hagan, si no que regula hasta cuanto puedes conducir.
Me explco, tú, puedes conducir hasta 56 horas en una semana (y 34 en la siguiente), sin pasarte nunca de las 90 horas en dos semanas. Y con los descansos que te indican. Pero esto no te obliga a que lo tengas que hacer. Tú, no estas obligado a hacer 45 horas de conducción todas las semanas.
ES EN TU CONTRATO, en donde te dice lo que debes de conducir, y en tu convenio, como y cuanto debes conducir.
En estas empresas (para seguir el hilo del tema), te presionan diciendo, que la ley te obliga a conducir, esas 90 horas bisemanales (sin explicarte que tu contrato es de 40 horas, y logicamente sin pagarte la diferencia).
De manera que te ves obligado a hacer 90 horas, descansar 24 ó como mucho 36 horas, pero ni te compensan horas de mas por tiempo de descanso, ni te pagan las horas de mas que haces.
Si a eso le sumas, que trabajan en un pais de fuera de la CE (donde no hay regulación de discos), tenemos a CAMIONEROS españoles trabajando cerca de 19 horas diarias, sin descanso minimo, y cobrando la cuarta parte de lo que deberian.
Y ENCIMA, SON EMPRESAS DEFICITARIAS, Y QUE NO GANAN DINERO!!!!
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡QUE ME LO EXPLIQUEN!!!!!!!!!!
No hay comentarios:
Publicar un comentario